XV CERTAMEN DE
JÓVENES FLAMENCOS 2017
DE LA DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA.
BASES
Visto el informe favorable del Jefe del
Departamento de Cultura.
Vistas las Bases de ejecución del
Presupuesto para 2017 de esta Excma. Diputación
Provincial y las partidas presupuestarias de gasto previstas
para el proyecto, así como la fiscalización previa
realizada por el Servicio de Intervención de la
Corporación Provincial.
En el ejercicio de las competencias
atribuidas al Presidente, por el artículo 21 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local y artículo 41 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986,
de 28 de noviembre, y por delegación de éste,
según decreto de la Presidencia de 31 de marzo del
2016
Resuelvo:
1º. Dejar sin efecto el decreto de
fecha 16 mayo de 2017, nº resolución 2017/00002469,
al haberse detectado un error en las bases del mismo.
2º. Aprobar la convocatoria del XV
Certamen de Jóvenes Flamencos 2017 de la Diputación
de Córdoba, que se regirá por las siguientes
bases:
Primera. Podrán presentarse a este
concurso cantaores/as, guitarristas y bailaores/as de
Córdoba y provincia, así como aquellos que
demuestren su residencia en la misma, para las siguientes
modalidades:
A. Guitarra solista, guitarra de
acompañamiento y baile: participantes con edades
comprendidas entre los 14 y los 30 años, ambos
incluidos.
B. Cante:
Premio Cayetano Muriel: participantes hasta
20 años de edad.
Premio Antonio Fernández Fosforito:
participantes con edades comprendidas entre los 21 y los 30
años, ambos incluidos.
Las personas solicitantes no podrán
haber sido ganadores en ediciones anteriores de este certamen,
y solo podrán concurrir en una modalidad.
Segunda. Las solicitudes se
presentarán en el Registro General de la Diputación
de Córdoba (Plaza de Colón s/n), de lunes a viernes
en horario de 9,00 a 14,00 horas. Asimismo, se podrán
presentar en cualquiera de las formas previstas en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo. Si,
conforme a dicho precepto, se presentara a través de las
Oficinas de Correos, deberá aparecer el sello de
certificado en el sobre exterior y en la propia solicitud, e
informar a la Delegación de Cultura de la
Diputación, enviando correo electrónico a cultura2@dipucordoba.es indicando que se ha utilizado dicha
modalidad.
Los solicitantes que dispongan de
certificado digital, también podrán presentar la
solicitud de manera telemática, en la sede
electrónica de la Diputación provincial de
Córdoba (www.dipucordoba.es/trámites).
El plazo de presentación de
solicitudes será de 10 días hábiles, contados a
partir del día siguiente al de la publicación del
extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la
provincia de Córdoba.
Si alguna solicitud adoleciera de
algún defecto, se requerirá al solicitante mediante
publicación en la sede electrónica de la
Diputación para que, en el plazo de 5 días
hábiles, subsane los defectos que presentara.
Transcurrido dicho plazo sin haber procedido a la
subsanación, se entenderá por desistida la
solicitud.
Una vez finalizado el plazo de
presentación de solicitudes, se publicará en la sede
electrónica de la Diputación lista de admitidos y
excluidos, así como las fechas de celebración de la
fase de preselección, y los días en que actuará
cada uno de los participantes. Aquellos que resultaran
excluidos, dispondrán de un plazo de 5 días
hábiles para presentar las alegaciones que estimen
oportunas.
Tercera. Los/as solicitantes deben
presentar la siguiente documentación:
a) Instancia dirigida al Presidente de la
Diputación de Córdoba, según modelo que se
adjunta en las presentes bases. (Anexo I).
b) En caso de no ser natural de la
provincia de Córdoba, acreditación de la residencia
en la misma mediante certificado de empadronamiento. Dicho
empadronamiento deberá ser de fecha anterior al día
de la publicación de estas bases.
Cuarta. Habrá un jurado que
evaluará una primera fase de admisión más otra
segunda de selección, nombrado por la Sra. Diputada
Delegada de Cultura e integrado por 5 vocales con experiencia.
Del jurado encargado de la fase final formará parte, en
calidad de presidente de honor, con voz pero sin voto, un
miembro en representación del Ayuntamiento de la
localidad en la que se celebre la final del certamen. El fallo
del jurado tendrá carácter irrevocable. Actuará
como secretario con voz pero sin voto el Jefe de Departamento
de la Delegación de Cultura. Los miembros del jurado
podrán ser asistidos en sus deliberaciones, si así
lo consideran oportuno, por el personal técnico de la
Delegación de Cultura de la Diputación provincial de
Córdoba, que participará con voz pero sin voto.
Quinta. El concurso constará de una
fase de admisión, otra de selección, y una final. La
fase de selección se realizará en Córdoba, y la
final, en una localidad de la provincia, en la fecha, lugar y
hora que se determine por la Delegación de Cultura de la
Diputación.
1. Para participar en la fase de
selección los participantes deberán interpretar o
ejecutar:
a) Modalidad de cante: dos cantes, a elegir
uno entre cada una de las siguientes secciones:
- Malagueña, Granaínas, Cante de
Levante, Peteneras, Seguirillas, Tonás, Milongas,
Vidalitas, Fandangos naturales.
- Soleá, Cantiñas, Bulerías,
Tientos y/o Tangos, Fandangos de Huelva.
b) Modalidad guitarra de
acompañamiento: un toque libre y uno de
acompañamiento al baile.
c) Modalidad guitarra solista: un toque
libre y un toque a compás y uno de acompañamiento al
cante.
d) Modalidad baile. Un baile de libre
elección.
El orden de intervención de los
participantes se decidirá mediante sorteo público.
La duración máxima por cada actuación
estará marcada por lo que decida la organización y
será debidamente comunicada a los participantes, una vez
recibidas las solicitudes de inscripción.
La no aplicación de esta norma por
parte los participantes será objeto de la
penalización que la organización y/o jurado estime
oportuna.
La organización pondrá
profesionales cualificados para acompañamiento en las
distintas modalidades a disposición de los concursantes,
debiendo estos hacer constar en la solicitud que
requerirán tal servicio. En caso de no informar de esta
circunstancia, la organización entenderá que el
solicitante llevará su propio acompañamiento, cuyos
gastos correrán por su cuenta.
2. Acompañamiento de los
concursantes
Cante: Los concursantes podrán llevar
como máximo 1 guitarra para su acompañamiento.
Guitarra de Acompañamiento: Los
concursantes podrán ser acompañados por un
máximo de 1 voz para el cante y 1 voz y 1 palmas para la
parte de baile.
Guitarra Solista: Los concursantes
podrán ser acompañados de 2 palmas o 1 cajón
como solista y sólo 1 voz para la parte de
acompañamiento.
Baile: Los concursantes podrán ser
acompañados por un máximo de 2 voces, 1 guitarra mas
1 palmas.
3. Para la fase final, rigen las mismas
normas que en la fase de preselección, excepto para los
concursantes de la modalidad guitarra de acompañamiento,
que ejecutarán exclusivamente un toque libre, y uno de
acompañamiento al baile.
Sexta. Criterios de valoración
Cante: Conocimiento formal de los estilos
abordados en base a la tradición.
Personalidad y autenticidad en la
interpretación al margen de mimetismos.
Afinación, ritmo, dicción,
etc.
Guitarra de Acompañamiento:
Se valorará tanto la concepción
puramente tradicional para el acompañamiento al cante
como la innovación y originalidad en el desarrollo
armónico en el mismo. En este último caso
puntuará el equilibrio entre ambas tendencias.
Conjunción con el cante y baile
según las normas del buen acompañamiento
comúnmente aceptadas.
La puntuación de Acompañamiento
al Baile será considerada únicamente como
complementaria a la obtenida como acompañante al cante y
en ningún caso tendrá carácter
determinante.
Concierto:
Se valorará tanto la originalidad en
las composiciones como la correcta interpretación y/o
adaptación de obras maestras del repertorio
guitarrístico flamenco.
Técnica, impronta personal, etc.
La puntuación de Acompañamiento
será considerada únicamente como complementaria a la
obtenida como solista y en ningún tendrá
carácter determinante.
Baile:
Estructura y orden estilístico,
creatividad en la coreografía, técnica corporal y de
zapateado, indumentaria, expresión y carácter.
Séptima. La fase final se
celebrará en un municipio de la provincia de
Córdoba, en el día, lugar y hora que se determine
por la Delegación de Cultura de la Diputación. La
duración de las actuaciones en esta fase se
determinará por el jurado y será indicada a los
finalistas del concurso. Los gastos que puedan derivarse de
dicho desplazamiento serán por cuenta del
participante.
En la fase final el Jurado, basándose
en los criterios de valoración establecidos en la base
sexta, elegirá a los ganadores del certamen en cada
modalidad: una guitarra solista, dos cantaores/as, una
guitarra de acompañamiento, un bailaor/a. Los ganadores
obtendrán de la Diputación de Córdoba un premio
consistente en la realización de nueve actuaciones, con
el espectáculo que con ellos se conforme, en gira por los
municipios que determine la organización. Los finalistas
clasificados en segundo lugar serán premiados con una
actuación en el lugar que determine la
organización.
Los concursantes ganadores del certamen
percibirán por cada actuación las siguientes
cantidades:
MODALIDAD DE CANTE:
Premio Antonio Fernández Díaz
Fosforito (20 a 30 años): 350, 00 €
Premio Cayetano Muriel Niño de Cabra
(hasta 20 años): 350,00 €.
MODALIDAD GUITARRA DE
ACOMPAÑAMIENTO:
Premio Rafael Rodríguez Merengue de
Córdoba: 350,00 €.
MODALIDAD DE GUITARRA SOLISTA:
Premio Vicente Amigo: 350,00 €.
MODALIDAD DE BAILE:
Premio Mario Maya (incluido
acompañamiento): 800,00 €.
En la modalidad de cante, para optar a uno
u otro premio se considerará la edad cumplida al día
siguiente de la publicación de esta convocatoria en el
Boletín Oficial de la provincia de Córdoba.
Se entregará a cada uno de los
seleccionados un trofeo conmemorativo del Certamen.
Los premios no podrán quedar desiertos
en ninguna de las modalidades.
Octava. El fallo del Jurado se elevará
a la Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de
Córdoba, quien resolverá sobre la concesión de
los premios. Dicha resolución se publicará en el
Boletín Oficial de la provincia de Córdoba.
Novena. La participación en el
certamen implica la aceptación y conformidad de estas
bases, y en lo no previsto en las mismas, se estará a lo
que dictamine el jurado, que tendrá carácter
irrevocable.
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