LVI
Concurso de Cante Flamenco
La
Fundación Cante de las
Minas convoca el LVI Festival Internacional del Cante de las
Minas y, dentro de él, el LVI Concurso de Cante, que se regirá por las
siguientes:
BASES
PRIMERA.-
El Festival se celebrará en esta ciudad durante el período comprendido
entre los días 4 y 13 de agosto, ambos inclusive, del año 2016, de los cuáles
estarán específicamente dedicados
al Concurso
de Cante los días 10, 11, 12 y13.
SEGUNDA.-
En la LVI edición
del Festival, se establecen los siguientes premios,
distribuidos entre los grupos y modalidades de cante que a continuación se especifican:
GRUPO
I: CANTES MINEROS
A) Premio
Lámpara Minera,
que llevará aneja la concesión del trofeo de estenombre,
galardón máximo del Festival, y estará dotado con la cantidad de quince mil
euros (15.000 €).
Se
otorgará al concursante que evidenciando un buen dominio y conocimiento de loscantes
mineros con carácter preferente, en la presente edición del Festival demuestre también
su solvencia en otros estilos flamencos. El jurado calificador, para poder establecer
la calificación final de los candidatos a dicho premio, calculará la media aritmética
ponderada de las interpretaciones que cada concursante realice en la minera y en
al menos otro u otros estilos más de cantes mineros, así como en los grupos II
y/o III establecidos
en las bases del concurso de cante, teniendo en cuenta a la hora de realizar el
cálculo, la siguiente baremación:
Minera:
Supondrá el 50 % de la calificación.
Resto
de estilos del Grupo I: Supondrán el 25% de la calificación.
Grupos
II y/o III: Supondrán el 25 % de la calificación.
Para
la obtención del premio Lámpara
Minera no
será por tanto requisito indispensable
alzarse con el premio de mineras, o con cualquier otro de los premios
del concurso de cante, pero en el caso de que así fuere, con la adjudicación
del Premio Lámpara
Minera,
la dotación económica que tiene asignada,
en la cuantía antedicha, absorberá las correspondientes a los primeros premios
que el ganador de aquél galardón hubiera podido obtener.
Por
otra parte, el importe de la propia dotación se hará efectivo del modo siguiente: diez
mil euros (10.000 €) tras
la entrega general de los premios concedidos
en los diversos concursos del Festival; el resto, una vez que haya tenido
lugar la tercera de las actuaciones a que se refiere la base decimocuarta.
El
ganador del premio “Lámpara Minera” vendría obligado a realizar la grabación
de un DVD, en los términos que indica la base decimoquinta, en el caso de que
el Comité Organizador acordara su realización.
B) Mineras:
Primer Premio, dotado con la cantidad de seis
mil euros (6.000 €)
C) Cartageneras:
Premio único dotado con tres
mil euros (3.000 €)
D) Tarantas:
Premio único dotado con tres
mil euros (3.000 €)
E) Murcianas
y otros cantes mineros (taranto,
levantica, fandango minero.....). Premio
único dotado con tres
mil euros (3.000 €)
GRUPO
II: CANTES DE MÁLAGA, GRANADA, CÓRDOBA Y HUELVA
A)Malagueñas:
Premio único, dotado con tres
mil euros (3.000 €).
Para optar al mismo,
los concursantes deberán interpretar dos cantes de esta modalidad, pertenecientes
a variantes o estilos diferentes entre sí; pudiendo ser uno de ellos sustituído
por el prefacio, o por una granaína.
B) Otro
cante,
libremente elegido por cada concursante entre los siguientes: granaínas,
fandangos de Granada, Huelva y Lucena, verdiales, rondeñas, jaberas, jabegotes
y restantes tipos de fandangos regionales o locales, de acreditada significación
en el contexto flamenco. Premio único, dotado con la cantidad de tres
mil euros (3.000 €)
GRUPO
III: CANTES BAJOANDALUCES
A) Tonás,
siguiriyas, livianas y serranas,
premio único dotado con tres
mil euros (3.000
€)
B) Soleares,
bulerías por soleá, cañas y polos,
premio único dotado con tres
mil euros
(3.000 €)
C) Bulerías,
cantiñas, tangos, tientos, peteneras, farrucas, fandangos personales,
y en su caso otras modalidades de cante propuestas por los concursantes,
cuya catalogación dentro de este apartado se considere pertinente por
el jurado calificador, al tiempo de efectuarse las pruebas selectivas previas a que
alude la base sexta.
Premio único, con la dotación de tres
mil euros (3.000€)
CANTAORES
JÓVENES
Premio
especial para cantaores jóvenes,
dotado con la cantidad de tres
mil euros
(3.000 €),
que sólo se podrá adjudicar a concursantes que no consiguieran ningún otro
de los premios previstos en esta base, en la presente edición o en ediciones anteriores.
Tendrán
a tal efecto la consideración de “cantaores jóvenes” los que, al tiempo de
la iniciación del concurso, no hubiesen cumplido la edad de 25 años.
NOTA:
A las cantidades que constituyen la dotación económica de los premios
se les aplicarán, en el momento de hacerse efectivas, y para su posterior ingreso
en el erario público, las retenciones establecidas por la vigente legislación del
Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas. La misma prescripción regirá respecto
a las demás cantidades que, por concepto distinto, sean abonables a los concursantes
con arreglo a las presentes bases, en el caso de que estuvieren sujetas al
tributo.
Todos
los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta designada
a tal fin por los concursantes a la hora de formalizar su inscripción.
TERCERA.-
Podrán tomar parte en el Concurso cuantos cantaores lo deseen, sin
más limitaciones que las siguientes:
a) No
haber mantenido relación o vínculo laboral o mercantil con la Fundación Cante
de las Minas por un período superior a un mes durante las tres últimas ediciones.
b)
Los cantaores que, en cualquiera de las precedentes ediciones del Festival, hubiesen
conseguido La Lámpara
Minera no podrán concursar en futuras ediciones del certamen.
CUARTA.- La
inscripción en el concurso se podrá efectuar por cualquiera de los siguientes
medios:
a) Mediante
comunicación escrita, dirigida a la Fundación Cante de las Minas (C/ Mayor
nº 55, Edificio Casa del Piñón, 2ª Planta, 30.360 LA UNIÓN -Murcia-), en
cuyo caso el solicitante deberá cumplimentar y adjuntar un boletín, según un modelo
elaborado por la
Organización del Festival, y que se podrá descargar de la
página Web www.fundacioncantedelasminas.org
b) A
través de internet, cumplimentando el boletín de inscripción disponible en la página
web www.fundacioncantedelasminas.org
En
ambos casos, se deberán indicar en el boletín los siguientes datos: palos a interpretar,
nombre y apellidos, nombre artístico si lo tuviere, NIF, lugar y fecha de
nacimiento, domicilio de residencia, teléfonos de contacto, correo electrónico, y
en su caso localidad/es donde ha realizado la/s prueba/s de selección en el
caso de
haberse presentado a este concurso alguna/s de las tres últimas ediciones.
Asimismo,
será imprescindible adjuntar una fotografía tamaño carnet, el correspondiente
currículum artístico, y certificación bancaria (o en su defecto fotocopia
de la libreta de ahorros) en la que figure como titular o cotitular de la misma
el concursante que solicita la inscripción
La
cumplimentación del boletín implica la aceptación del solicitante a cumplir escrupulosamente
las obligaciones que para éste comporta el hecho de la inscripción.
El plazo para
formalizar la inscripción acabará
el día 30 de mayo de 2016.
Se
significa especialmente que NO SERÁ VÁLIDA LA INSCRIPCIÓN POR TELÉFONO
O FAX, en cuyo caso se considerará como una mera preinscripción, que no
será firme, y por tanto no tendrá efectos, hasta tanto en cuanto no se subsane
con la presentación
del resto de documentación exigida, indicada anteriormente.
QUINTA.-
La inscripción no deberá extenderse a más de seis de las modalidades
de cantes previstas en la base segunda. Dicho número será el que marque el
límite de los premios a que un mismo cantaor podrá optar. Es obligatorio
inscribirse, al
menos, en una de las modalidades de cante comprendidas en el Grupo I (Cantes Mineros).
El
número de las coplas que se podrán interpretar en cada modalidad de cante será
el reflejado en el anexo
I.
SEXTA.-
Los cantaores inscritos vendrán obligados a someterse a unas pruebas selectivas,
cuya superación les dará paso a las fases subsiguientes.
Dichas
pruebas, que tendrán carácter público, se realizarán durante los meses de junio
y julio, en los lugares y fechas que, con antelación suficiente, determine la Organización,
según el procedimiento y las condiciones reflejadas en el anexo
II.
SÉPTIMA.-
El jurado calificador podrá declarar desierto cualquiera de los premios
previstos, sin perjuicio de su facultad para, si lo estimare oportuno,
distribuir en varios
accésits la dotación económica correspondiente.
OCTAVA.-
Los concursantes dispondrán de un guitarrista oficial contratado para
la ocasión por la
Organización del Festival, tanto para las pruebas de
selección como
para las fases semifinales y final. Sin embargo, todo concursante podrá, a su costa,
hacerse acompañar por algún otro guitarrista distinto a los oficiales del
festival, que
libremente designe.
La
asignación de guitarrista oficial para las fases semifinales y final a cada uno de
los concursantes que así lo solicitaren, se llevará a cabo por la organización
del Festival,
mediante sorteo único y con carácter público.
NOVENA.-
La Organización
del Festival abonará a los concursantes que no tengan
la conceptuación de locales, por su participación en las pruebas semifinales o final,
los gastos de viaje, a razón de quince
céntimos de euro (0,15 €) por
kilómetro recorrido,
a partir del municipio de residencia habitual.
Se
satisfará, asimismo, a los referidos concursantes una dieta de setenta euros (70
€), abonable
por cada día de actuación.
Los
concursantes cuyo municipio de residencia diste menos de 60 kilómetros del lugar
de realización de las citadas pruebas, percibirán una indemnización única de treinta
euros (30
€), en
concepto de dietas y gastos de viaje.
En
el caso de los aspirantes inscritos y seleccionados para la realización de las pruebas
selectivas, se establece una cantidad única en concepto de indemnización para dietas
y viáticos de ciento
cincuenta euros
(150 €) ,
o en su defecto, de treinta
euros (30
€) en
el caso de que sean locales.
Los
concursantes que obtuviesen cualquiera de los premios previstos en la base segunda,
no tendrán derecho al percibo de dietas y gastos de viaje, salvo los que devengaren
por su participación en las pruebas selectivas previas, según se establece en el
apartado f) del anexo II.
DÉCIMA.-
Respecto a los concursantes que alcanzando la final no llegasen a obtener
alguno de los premios contemplados en la base segunda, la Organización del Festival
abonará exclusivamente a cada uno de éstos la cantidad de seiscientos
euros (600
€ ,
además de las cantidades que devengaren por su participación en las pruebas selectivas
previas, en
ambos casos en concepto de dietas y gastos de viaje.
UNDÉCIMA.-
Las actuaciones interpretativas que, como consecuencia de este concurso,
se ejecuten en el Festival, aún en el supuesto de que no resultaren premiadas, podrán
ser objeto de grabación, reproducción, distribución y comunicación pública, total
o parcial, para su edición sobre cualquier sistema técnico o formato, inventado
o por
inventar, así como para su emisión por radio y televisión a través de ondas hertzianas,
cable, fibra óptica o digital, o por Internet, con un ámbito universal y por el máximo
de tiempo que permita la vigente legislación.
Lo
dispuesto en esta cláusula lo será sin perjuicio de los derechos que pudieran ostentar
terceras personas en relación con los cantes interpretados, y de las autorizaciones
que al respecto fuere necesario recabar.
DUODÉCIMA.-
A todo concursante que, habiendo superado las pruebas de selección,
actúe efectivamente en las semifinales o final se le expedirá, si lo
solicitare, un
diploma acreditativo de su intervención en el Festival.
DECIMOTERCERA.- La inscripción en el
Concurso implicará la plena aceptación de las presentes
bases, así como la del fallo del jurado calificador, que será inapelable.
La Fundación Cante de las Minas se reserva el derecho de emprender
acciones legales contra aquellos
concursantes que insulten o difamen personalmente o a través de cualquier medio escrito,
digital o audiovisual, y/o intenten agredir, en particular, a algún miembro del jurado
calificador de los concursos, y en general, de la organización del Festival Internacional del
Cante de las Minas, por estar en desacuerdo con el fallo de aquél, además de la
imposición de una penalización consistente en la inadmisión vitalicia al concurso, y la
revocación, en su caso, del premio o premios obtenidos.
DECIMOCUARTA.- El ganador del premio
“Lámpara Minera” (Grupo I, apartado A) de la base
segunda) vendrá obligado a realizar, al menos, tres recitales de promoción, en las fechas,
lugares y condiciones que la
Organización del Festival determine.
A tal fin, la Organización se hará
cargo en dichos casos exclusivamente de los gastos de desplazamiento,
alojamiento y manutención del ganador del premio, y, en su caso, del músico que lo
acompañe, sin que proceda abonar ningún tipo de remuneración por los mismos.
A las actuaciones
específicamente previstas en esta base les será de aplicación lo establecido en la undécima.
Las facultades de decisión y
desarrollo referentes a la grabación, reproducción, distribución y comunicación
pública de las interpretaciones, con las finalidades indicadas en la misma base
undécima, se entenderán atribuidas a la Organización del Festival. La Fundación Cante de
las Minas podrá, asimismo, celebrar acuerdos, en este mismo sentido, con
cualesquiera entidades e instituciones. A estos acuerdos estarán sujetas igualmente las actuaciones
del ganador del premio “Lámpara Minera”.
DECIMOQUINTA.-Al margen de lo que, con
carácter general, se establece en las bases undécima y
decimocuarta, y por lo tanto, sin perjuicio de lo que por ellas pudiera resultar afectado el
ganador del premio “Lámpara Minera”, éste quedaría obligado, de manera
específica, a realizar la grabación de un DVD, con el asesoramiento, dirección y
supervisión del Comité Organizador, en el caso de que este Comité acordara su
realización.
Tal obligación comportará, a
su vez, la de ceder a favor del Festival Internacional del Cante de
Las Minas cuantos derechos pudieran corresponder a dicho ganador sobre la grabación de
que se trata.
ANEXO I
PRIMERO.- Para optar a los premios
previstos en el Grupo I, apartados A) y B), de la base segunda, será
obligatoria la interpretación de dos diferentes estilos del cante por mineras, entre los
varios existentes en esta modalidad. Asimismo, para optar al
premio previsto en el Grupo I, apartado E), de la citada base, será obligatoria la
interpretación de dos palos distintos entre los correspondientes a dicho apartado.
Eso aparte, se establecen las
siguientes reglas en cuanto al número máximo de coplas o letras que se podrán
ejecutar en los distintos grupos o modalidades de cante:
Grupo I (Cantes Mineros): una
copla en todas las modalidades.
Grupo II (Cantes de Málaga,
Granada, Córdoba y Huelva): en cada una de las dos variantes o estilos de
malagueñas cuya interpretación se exige para optar al premio correspondiente, una copla:
en granaínas, una copla, si bien ésta podrá ir seguida de la media granaína; en las
restantes modalidades de este grupo, dos coplas.
Grupo III (Cantes
Bajoandaluces): en tonás, tres coplas; en siguiriyas, dos coplas más el remate: en livianas y
serranas, dos coplas, si bien se admitirá la interpretación de una copla por serranas
precedida de la liviana de entrada y seguida del cambio.
En soleares, cuatro coplas
más el remate; en cañas y polos, tres coplas.
En tientos, tres coplas, o
dos con el remate por tangos.
En peteneras, farrucas,
fandangos personales y otros cantes encuadrables en el mismo apartado, dos coplas.
Dadas sus especiales
características, no estarán sujetos a las reglas precedentes los cantes por bulerías,
tangos y cantiñas, cuya interpretación, sin embargo, no podrá tener una duración superior a
cinco minutos.
SEGUNDO.- Si el caso se presentare,
el jurado decidirá sobre la pertinencia de que los concursantes puedan
interpretar estilos de fandangos u otro tipo de cantes no previstos expresamente en las
bases. En tal supuesto, determinará el grupo y subgrupo en que deba encuadrarse el
cante de que se trate, a efectos de opción al premio correspondiente, y de
aplicación de las reglas contenidas en el apartado primero de este anexo.
ANEXO II
Las pruebas selectivas a que
se refiere la base sexta se desarrollarán de la siguiente forma:
a) La Organización del Festival determinará las fechas de realización de
las pruebas y distribuirá entre
ellas la actuación de los cantaores previamente seleccionados de entre los
cantaores inscritos. La formalización de la solicitud de inscripción no implicará
necesariamente el ser seleccionado para la realización de la prueba
selectiva. Eventualmente, se podrá disponer que estas pruebas se inicien aún antes
de que hubiese concluido el plazo de inscripción.
b) Los concursantes, cuya
convocatoria se hará en llamamiento único, habrán de comparecer, para la
realización de las pruebas, en la fecha y en el lugar que la Organización del Festival les
señale. Para ello, la
Organización propondrá dos fechas alternativas, de las
cuáles el concursante deberá elegir previamente una.
La incomparecencia comportará
la eliminación automática, y la penalización de inadmisión al concurso
durante las cuatro siguientes ediciones del certamen, salvo que aquélla se debiere
a causa justificada, que la
Organización ponderará discrecionalmente.
c) Para la calificación de las
pruebas selectivas, la
Organización designará un jurado, cuya composición no
tendrá necesariamente que coincidir con la del jurado que, en su día, se
designe para la calificación de las fases semifinales y final. Asimismo, los componentes
del jurado calificador de las fases semifinales y final, no podrán desempeñar
dicho cargo durante más de tres años consecutivos.
d) Para poder ser nombrado
miembro del jurado calificador, bien de las pruebas selectivas, bien de las
semifinales o final, es requisito imprescindible no haber mantenido relación o vínculo
laboral o mercantil por otro concepto distinto con la Fundación Cante de las Minas, por un período superior a un mes
durante las tres últimas ediciones.
e) El resultado de las pruebas
selectivas, con la relación de los cantaores clasificados para el concurso, se hará
público de manera global y, por lo tanto, sólo cuando aquéllas hubieran finalizado
en su totalidad. Contra el fallo del jurado no procederá ninguna reclamación.
f) A los cantaores
participantes en las pruebas selectivas les será de aplicación el régimen de dietas y viáticos
establecido en la base novena.
g) La organización del Festival
adoptará las medidas necesarias para que sus decisiones referentes a las
pruebas selectivas sean conocidas oportunamente por los concursantes, en lo que, de
modo respectivo, les pudiese concernir. De igual manera, pondrá los medios precisos para la información, consulta y resolución de las incidencias que se pudieran presentar.
h) Queda terminantemente prohibido, pudiendo ser motivo de descalificación, que los cantaores realicen dedicatorias o cualquier otro tipo de proclamas de sus actuaciones interpretativas tanto en las pruebas selectivas, como en las semifinales o final.
i) Será obligatorio en todo caso por parte de la entidad o institución anfitriona l agrabación en audio y en video o CD de la prueba selectiva íntegra, cuya copia cederá a la Organización del Festival.
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